La discriminación de las mujeres en el ámbito de la autonomía económica se encuentra sujeta a la histórica división sexual del trabajo que las sitúa con predominancia en el ámbito reproductivo y las hace responsables primeras, y casi exclusivas, del trabajo de cuidado no remunerado y doméstico. Desde este punto de vista, la legislación aborda también normas y leyes tendientes a equilibrar este tipo de trabajo entre el Estado, el mercado, la comunidad y las familias, aplicando un enfoque al derecho a cuidar y ser cuidado en corresponsabilidad (de los cuatro actores mencionados), universalidad (garantizando el acceso y cobertura a toda la ciudadanía) y de igualdad de género (fomentando sistemas de cuidado que permitan igualar las oportunidades y responsabilidades de mujeres y de hombres).