Protección de la maternidad

Protección de la maternidad

Exposición de motivos 

La protección de la maternidad es un derecho laboral fundamental y un elemento crucial para garantizar el trabajo decente y la productividad de las mujeres, así́ como para lograr la igualdad de género en el trabajo. Este derecho, que ha quedado consagrado en tratados universales fundamentales de derechos humanos, contempla entre sus elementos principales una licencia de maternidad no inferior a las 14 semanas, protección frente al despido en caso de embarazo o maternidad, la reducción y la interrupción del tiempo de trabajo remunerado para la lactancia y el pago de las licencias de maternidad por parte de la seguridad social para evitar fuentes de discriminación indirectas. 

Convenio de la OIT vinculante 

C183 - Convenio sobre la protección de la maternidad, 2000, (núm. 183) 

Normativa: ¿Cuáles son las fuentes legislativas principales objeto de análisis? 

Constitución: principios generales y capítulos relativos al trabajo y/o empleo.  

Leyes de Trabajo (Leyes Generales de Trabajo, Códigos de Trabajo, Leyes de Relaciones Laborales, etc.) 

Leyes de Igualdad: capítulos relativos al ámbito del trabajo y/o del empleo.  

Leyes de protección de la familia (Códigos de familia, sistemas de cuidados) y específicas de protección de la maternidad y paternidad. 

Leyes de Seguridad Social. 

Subáreas y criterios: ¿Qué se analiza en esta área? 

Subárea Criterio

Derecho a licencia para trabajadoras por cuenta ajena y su duración 

La duración de la licencia de maternidad establecida por Ley para las trabajadoras por cuenta y si respeta el piso mínimo de las 14 semanas establecido en el Convenio 183 de la OIT.

Financiación del seguro social para trabajadoras por cuenta ajena 

El porcentaje de ingresos previos que cubre la licencia de maternidad (%).

La fuente de financiación de la licencia de maternidad (a través del Seguro Social, el empleador o sistema mixto).

Protección contra el despido 

La protección frente al despido de la mujer embarazada trabajadora por cuenta ajena y el periodo que cubre (durante el embarazo, durante la licencia, un tiempo después).

Disposiciones: ¿Qué se aporta cómo comentario?

Subárea Criterio

Derecho a licencia para trabajadoras por cuenta ajena y su duración 

La duración de la licencia de maternidad (preferiblemente en semanas).

Financiación del seguro social para trabajadoras por cuenta ajena 

Porcentaje de ingresos previos que cubre la licencia de maternidad.

Si la financiación es a cargo de la Seguridad Social; a cargo del empleador o Financiación mixta (a cargo de la Seguridad Social y del empleador).

Protección contra el despido 

El periodo que cubre la protección frente al despido.

Recomendaciones: ¿Qué criterios se utilizan para la recomendación? 

Derecho a licencia para trabajadoras por cuenta ajena y su duración 

Estado Criterio Definición Recomendación vinculante
Preservar Cuando se encuentra recogido en la legislación correspondiente, como es el caso de la legislación laboral, el derecho a licencia de maternidad de mínimo 14 semanas. No se requiere acción normativa adicional. No se añade, por tanto, ninguna recomendación.
Ampliar Cuando se reconoce el derecho a licencia de maternidad, pero no alcanza el mínimo de 14 semanas. Ampliación de la licencia de maternidad a las 14 semanas establecidas por el Convenio 183 de la OIT.
Reformar Cuando se reconoce el derecho a licencia de maternidad, pero no alcanza el mínimo de 14 semanas. Ampliación de la licencia de maternidad a las 14 semanas establecidas por el Convenio 183 de la OIT.
Eliminar Cuando la licencia de maternidad no está establecida por la ley. Eliminación de la ausencia de licencia de maternidad mediante su regulación por Ley, garantizando como mínimo las 14 semanas establecidas por el Convenio 183 de la OIT.

Financiación del seguro social para trabajadoras por cuenta ajena 

Estado Criterio Definición Recomendación vinculante
Preservar Cuando la financiación de la licencia por maternidad se encuentra a cargo en su totalidad de la Seguridad Social.  No se requiere acción normativa adicional. No se añade, por tanto, ninguna recomendación. 
Ampliar Cuando la financiación de la licencia por maternidad no se encuentra totalmente a cargo en su totalidad de la Seguridad Social.  Asunción en su totalidad del pago de la licencia por maternidad por parte de la Seguridad Social, de manera que no suponga un coste para la empresa. 
Reformar Cuando la financiación de la licencia por maternidad no se encuentra totalmente a cargo en su totalidad de la Seguridad Social.  Asunción en su totalidad del pago de la licencia por maternidad por parte de la Seguridad Social, de manera que no suponga un coste para la empresa. 
Eliminar Cuando no existe financiación de la licencia por maternidad a través de la Seguridad Social, recayendo íntegramente en el empleador o sin cobertura definida.  Eliminación de la ausencia de financiación por parte de la Seguridad Social mediante el establecimiento de un esquema de cobertura pública para la licencia de maternidad que garantice su pago sin coste para la empresa. 

Protección frente al despido y periodo que cubre 

Estado Criterio Definición Recomendación vinculante
Preservar Cuando la legislación prevé la protección del empleo durante el embarazo y durante el periodo de licencia.  No se requiere acción normativa adicional. No se añade, por tanto, ninguna recomendación. 
Ampliar Cuando la legislación prevé la protección del empleo durante el embarazo y la licencia de maternidad, pero no se extiende a periodos adicionales razonables tras la reincorporación al trabajo.  Ampliación del periodo de protección frente al despido para incluir una fase posterior a la reincorporación, garantizando la estabilidad laboral tras la licencia de maternidad. 
Reformar Cuando la legislación prevé la protección del empleo, pero únicamente durante el embarazo.   Ampliar el periodo de protección contra el despido para incluir el embarazo y la licencia de maternidad. 
Eliminar Cuando la legislación no prevé protección frente al despido durante el embarazo ni durante la licencia de maternidad.  Eliminación de la ausencia de protección frente al despido mediante el establecimiento de garantías legales que cubran al menos el embarazo y el periodo de licencia de maternidad.